LA JUSTICIA FEDERAL CONFIRMÓ QUE INFORMACIÓN SOBRE PENSIÓN DE EX PRESIDENTES ES «INFORMACIÓN PÚBLICA»
La Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, con voto de los jueces Morán y Duffy, confirmaron la sentencia que ordenó suministrar al periodista Pablo Fernández Blanco (Diario La Nación) todos los datos relativos al cobro que perciben quienes fueron presidentes y vicepresidentes, como también, en el caso que aquellos hayan fallecido, quién es el familiar que recibe el beneficio.
El caso se originó con el pedido de acceso a la información pública que hizo Fernández Blanco ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para que le suministren esos datos pero recibió, exclusivamente, la nómina de las personas que percibian el beneficio que establece la ley 24.018. En lo referido al monto de las sumas percibidas, el organismo previsional consideró que se trataba de «información relacionada a datos personales que no debía ser suministrada sin consentimiento de sus beneficiarios». Además, ANSES alegó que se trataba de un beneficio previ-sional que -en muchos casos- lo percibían personas que ya no son funcionarios públicos en ejercicio.
La Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP), previa intervención de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP), consideró que «la información en cuestión era de carácter público y que la denegatoria de ANSES era injustificada» por tanto, intimó al organismo a entregar los datos.
Ante ello, el periodista Fernández Blanco inició amparo de acceso a la información pública en la Justicia Contencioso Administrativo Federal.
Allí se le requirió dictámen al fiscal federal Miguel Ángel Gilligan, quien postuló que la información era pública y debía admitirse el amparo.
Con estos elementos resolvió el juez Enrique Lavié Pico e hizo lugar a la acción de amparo del periodista Fernández Blanco. Consideró que «se cumplieron todos los requisitos legales de fondo y de trámite para suministrar el acceso a la información pública exigido».