BLANQUEO Y BAJEZA OFICIAL: EL GOBIERNO QUIERE CREAR
FIGURA DE «COLABORADOR» PARA DELATAR A EVASORES
Increíblemente, en el proyecto de ley de blanqueo, que se encuentra para su tratamiento en el Congreso, se propone crear la figura controvertida del «colaborador» para que «brinde información a la AFIP referida a un contribuyente». Ello significaría pretender modificar la ley penal tributaria; sin embargo, los montos que definen el grado de la sanción a aplicar en los casos de defraudación siguen intactos sin cambios, desde el año 2017.
Sería como si la inflación transcurrida desde 2017, de más del 800%, no hubiera que incorporar a los mínimos y en las deducciones impositivas. Mientras tanto, en el Congreso duerme un proyecto de ley de creación de la unidad de valor tributaria (UVT), mediante la cual «se actualizarían las variables que se usan para los tributos, incluido el ajuste de los valores que se tienen en cuenta para determinar el grado de punibilidad de la ley penal tributaria».
Pero ahora aparece en escena una modificación a la ley penal, introduciendo la figura del «colaborador» buscando «brindar información a la AFIP a propósito del nuevo blanqueo que se propone ahora y que se encuentra en el Congreso».
A pesar de que el proyecto se «comprometa a guardar el secreto fiscal por parte de los organismos del Estado que intervienen», en el último capítulo «se habilita la figura del «colaborador» que aporte datos relacionados con la existencia de bienes no declarados, en el país y en el exterior».
Además, según el proyecto, «se prevé que el colaborador que brinde información recibirá una recompensa que no podrá ser superior del 20% de lo recaudado por la AFIP; o si lo hubiera, un importe equivalente al 5% de los bienes exteriorizados, el que resulte inferior de ambos».
Esto se propone «al único efecto de que el Estado recaude más. De la misma manera se llega al mismo resultado con la falta de actualización, como debiera ser, de los mínimos y de las deducciones que rigen en el sistema tributario argentino».
En 2017 la reforma tributaria realizada a través de la ley 27.430, en el artículo 280, derogó la ley penal tributaria (N° 24.769) y creó un nuevo texto dentro de su articulado, y como consecuencia de ello, se incrementaron los montos de punibilidad de evasión simple a $1.500.000 y a $15.000.000 para los casos de evasión agravada.
