¿Por qué tantas empresas despidieron personal antes de que se aprobara la reforma laboral?
Por Paula Krizanovic
Parece contra intuitivo que con el fuerte apoyo legislativo que tenía la reforma laboral de Javier Milei y la fecha casi segura de aprobación, varias empresas por diversos motivos despidieran a tantos trabajadores cuando todavía regían los artículos originales de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744). Sobre todo cuando la «modernización» de la normativa tuvo como eje reducir el riesgo de contratar, entre otras cosas, aminorando el costo de despedir sin justa causa y la potencial judicialización.
Más allá de los casos conocidos de compañías que cerraron completamente, en otras arrancaron olas de desvinculaciones a días antes de que entrara en vigencia el nuevo marco laboral.
¿Esperan los empleadores un período de demasiada incertidumbre y litigiosidad y prefieren evitarlo? «No creo que al menos en las Pyme que están tomando la decisión de despedir se piense de esta forma» explicó Alejandro González Rossi, profesor del De-partamento de Derecho Laboral de la Universidad Austral, y agregó que no le parece «que haya nada anticonstitucional en la nueva normativa en lo que hace a des-vinculaciones e indemnizaciones».
Para González Rossi, en los casos en los que los despidos sin causa se están dando sin cierre de empresas o áreas, lo que ocurre combina varios fenómenos. «Por un lado, a las organizaciones les está pesando dema-siado mantener la diaria y los costos», afirmó el docente de Austral.
La baja en el consumo y en la actividad económica, sumada a la mayor competencia de productos importados, son las quejas que se escuchan desde distintas cámaras empre-sarias sobre la merma de la renta-bilidad y las dificultades de mantenerse a flote.
«Y por el otro, ya vieron que lo que cambia la reforma en esta materia no les significa tan-to. El marco legal es levemente más favorable pero no es que van a poder despedir por mucho menos dinero o que no van a tener que pagar. En lo que refiere a indemnizaciones por despido, más allá de que no contarán pa-ra el cálculo el aguinaldo y otros ítems, esto realmente impacta más de lleno en algunos trabajadores con remuneraciones comple-jas, con altos bonos anuales o por produc-tividad que representan un porcentaje alto, por ejemplo», continuó.
Con la reforma, los pagos no habituales co-mo los bonos anuales o por desempeño, el plus vacacional, el aguinaldo, entre otros, dejaron de ser parte de la indemnización. Otro de los casos mencionados es el de la antigüedad.
Con la nueva Ley un rein-gresante no mantendrá la antigüedad completa en la empresa que lo volvió a contratar, lo cual reduce su liquidación en caso de que haya una desvinculación. «Los reingresos son frecuentes en algunos rubros como el infor-mático, por ejemplo», indicó González Rossi.
Según explicó Mariana Medina, Directora Laboral en Estudio Grispo & Asociados, «a partir de la vigencia de la nueva ley, el límite para que se abonen todos los períodos traba-jados es que no haya pasado el plazo mayor a dos años desde la última contratación. Si así sucediera, toda la antigüedad ganada por el trabajo efectivamente cumplido se pierde sin obligación para el empleador de sumarla al período en que se esté llevando a cabo el despido del último período».
Estos dos fenómenos -el peso de los costos diarios y el «premio» por esperar a la nueva normativa- convergen con otro que ya se viene dando en la economía argentina hace años, el de los «empleados monotributistas».
Son personas que tienen un trabajo informal en relación de dependencia, por el cual apa-recen registradas en el régimen simplificado. González Rossi mencionó que «las esta-dísticas públicas demuestran que en los últi-mos años se achicó el empleo registrado privado a la par del crecimiento de esta otra categoría, y que se agravó al anularse los agravamientos o multas por trabajo irregular encubierto bajo esa modalidad; desde el punto de vista de un potencial litigio, a una empresa le resulta lo mismo tener a un empleado registrado que de esa manera».
