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LA JUSTICIA RECHAZÓ AMPARO DE LA OPOSICIÓN DE BERAZATEGUI SOBRE LA ‘CLAVE RAFAM’

La Justicia rechazó y archivó la acción de Amparo promovida por el concejal (mc) Juan Carlos Cáceres con el patrocinio letrado de la Dra. Sandra Massimino contra la Municipalidad de Berazategui y el Concejo Deliberante del distrito.
Cáceres, entonces concejal de Juntos por el Cambio- interpuso un Amparo con el propósito de «obligar al Municipio a poner a disposición toda la documentación e información correspondiente, referida a la rendición de cuentas Municipal del período 2022, así como el usuario y la clave de acceso al sistema informático RAFAM» cuando en ese momento se estaba tratando dicha rendición de cuentas en el Concejo Deliberante.
Se reclamaba «el acceso a la información y documentación pertinente sobre el manejo por parte del Ejecutivo de los fondos públicos durante el ejercicio vencido».
El entonces concejal planteó que «tanto el Ejecutivo como el Deliberativo Municipal han obrado con arbitrariedad, irrazonabilidad e ilegalidad manifiesta, conculcando derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y la Constitución Provincial, denunciando un perjuicio concreto y actual derivado del impedimento al acceso a la información pública para su correcto desempeño como representante de los vecinos de Berazategui».
El Juzgado en lo correccional N° 3 de Quil-mes a cargo de la jueza Julia Rutigliano, en su rechazo y archivo del reclamo, marcó que «Solicitaron el dictado de una medida caute-lar de no innovar que decrete la suspensión del tratamiento de la rendición de cuentas en el Concejo Deliberante y prohíba que se convoque a una nueva sesión a los fines de su tratamiento y/o se expida sobre su aprobación o rechazo, hasta tanto se resuelva judicialmente sobre la acción incoada y mientras se mantengan las condiciones que justificaron su dictado».
Tras idas y vueltas del reclamo judicial, que incluyó solicitar la intervención del juez Federal de Quilmes Luis Armella, La jueza Rutigliano determinó que «el Concejo Deliberante de Berazategui cuenta con un usuario y clave de RAFAM única para todo el cuerpo desde el año 2017, por ello las peticiones del actor de una clave única carece de sustento normativo, ya que ni la Ley Orgánica de las Municipalidades ni el Decreto 2980/00 que reglamenta el RAFAM, ni las resoluciones del H. Tribunal de Cuentas exigen que se deba asignar un usuario y clave RAFAM a cada concejal que integra el Concejo Deliberante».
Y puntualizó: «Ante la ausencia de reglamentación por parte del Concejo Deliberante, la clave se encuentra administrada por la Presidencia del mismo, sin que obste impedimento para que cualquier concejal acceda al sistema RAFAM desde una computadora de la Presidencia previo pedido de turno para su uso» ratifica el archivo de la causa.
En definitiva, el juzgado quilmeño determinó que si un concejal de la oposición pretenda enterarse en qué se gastan los dineros de las tasas municipales que paga el Vecino, deberá pedir un turno a la presidente del Cuerpo y exponer que quiere saber, y cuando la presidencia encuentre un turno -y con alguien que maneje la computadora, no el concejal- podrá ver, sin poder fotografiar ni filmpar lo que observa en la pantalla.
Será Justicia…

 

Verdad e Investigación

Semanario del Nuevo Milenio creado el 23 de diciembre de 1985 por Jorge Tronqui

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